Trabajo estacional y permiso de residencia: cuando la “espera de empleo” no es posible
Mediante una sentencia dictada el 5 de febrero de 2026 (n.º 217), el Tribunal Administrativo Regional de Emilia‑Romaña ha vuelto a reafirmar un principio fundamental del derecho italiano de extranjería, que con frecuencia genera confusión y expectativas erróneas: el ciudadano extranjero que entra en Italia con un visado de trabajo estacional no tiene derecho a obtener un permiso de residencia por “espera de empleo”.
El caso analizado se refería a un trabajador extranjero que había ingresado legalmente en Italia en virtud de una autorización para trabajo estacional. Sin embargo, por razones de carácter procedimental, la relación laboral no llegó a consolidarse conforme a los requisitos legales. Ante esta situación, el interesado solicitó un permiso de residencia que le permitiera permanecer en el país mientras buscaba un nuevo empleo.
La Administración rechazó la solicitud y el juez administrativo confirmó sin ambigüedades la legitimidad de dicho rechazo.
El núcleo de la decisión reside en una distinción que a menudo se pasa por alto en la práctica: el trabajo estacional está sometido a un régimen jurídico específico y diferenciado respecto del trabajo subordinado ordinario. La legislación italiana prevé, con carácter general, que la pérdida del empleo no comporte automáticamente la pérdida del derecho de residencia y pueda dar lugar a un permiso temporal para la búsqueda de un nuevo trabajo. No obstante, esta posibilidad queda expresamente excluida en el caso del trabajo estacional.
Esta exclusión no es casual. El trabajo estacional es, por definición, temporal y está vinculado a ciclos productivos concretos y a sectores económicos determinados. Precisamente por esta razón, el legislador ha decidido excluir a los trabajadores estacionales del ámbito de aplicación del permiso de residencia por espera de empleo. Cuando la relación laboral estacional no se establece correctamente o se interrumpe, el visado de entrada y la autorización de trabajo pierden su eficacia jurídica, desapareciendo así el fundamento mismo de la estancia legal.
La sentencia resulta especialmente relevante también en relación con el valor de las circulares ministeriales. El Tribunal recordó que este tipo de actos administrativos no puede prevalecer sobre la ley ni ampliar su ámbito de aplicación cuando la norma es clara. En materia de inmigración, donde el acceso y la permanencia en el territorio están estrictamente regulados, el principio de seguridad jurídica y el respeto de los procedimientos administrativos deben prevalecer.
El mensaje que se desprende de la decisión es claro: el trabajo estacional no puede utilizarse como una vía indirecta para estabilizar la residencia en Italia. Cualquier posibilidad de permanecer en el país debe basarse exclusivamente en disposiciones legales expresas, como las que regulan la conversión de los permisos de residencia, y no en soluciones construidas a posteriori.
Esta sentencia se inscribe en una línea jurisprudencial ya consolidada y constituye un punto de referencia importante para abogados, empleadores y trabajadores extranjeros. Confundir el trabajo estacional con el trabajo ordinario solo contribuye a alimentar expectativas que el ordenamiento jurídico no está en condiciones de satisfacer, con consecuencias a menudo relevantes en el plano personal y jurídico.
El texto íntegro de la sentencia puede consultarse en la publicación disponible en Calaméo en el siguiente enlace:
https://www.calameo.com/books/008079775493de16d3a2d
Avv. Fabio Loscerbo