sabato 5 settembre 2026

Permiso por espera de empleo en Italia: en 2026 también permite pedir el Assegno Unico y el Bonus Nido https://ift.tt/AyZtsYo Perder el trabajo no significa perder automáticamente los derechos vinculados a la residencia. Desde 2026, el INPS reconoce también a los titulares de un permiso de residencia por “attesa occupazione” el acceso al Assegno Unico e Universale y al Bonus asilo nido, siempre que se cumplan los demás requisitos previstos para cada prestación. La novedad es especialmente importante para las familias extranjeras que atraviesan una fase de desempleo y que, hasta hace poco, podían encontrarse excluidas de estas ayudas únicamente por el tipo de permiso de residencia. Qué es el permiso de residencia por “attesa occupazione” El permiso por “attesa occupazione” es el título que permite al trabajador extranjero permanecer legalmente en Italia cuando pierde su empleo y se encuentra en búsqueda de una nueva ocupación. El artículo 22, apartado 11, del Texto Único de Inmigración establece que la pérdida del puesto de trabajo, incluso por dimisión, no constituye por sí sola un motivo para revocar el permiso de residencia. El trabajador puede inscribirse en el Centro per l’Impiego y permanecer en Italia durante el período de validez residual del permiso y, salvo supuestos particulares, durante un período no inferior a un año. Durante esta fase sigue pudiendo buscar y aceptar un nuevo empleo. Se trata, por tanto, de una situación de estancia regular. El problema que se había planteado en los últimos años no era la legalidad de la permanencia en Italia, sino el acceso a determinadas prestaciones familiares. La novedad del INPS en 2026 Con el mensaje número 205 del 22 de enero de 2026, el INPS modificó su criterio respecto de dos prestaciones de especial importancia para las familias: el Assegno Unico e Universale per i figli a carico y el Bonus asilo nido. El Instituto tomó esta decisión después de varias sentencias de los Tribunales de Trento, Monza y Torino, que consideraron discriminatoria la exclusión de los titulares de un permiso por “attesa occupazione”. Según esta orientación jurisprudencial, dicho permiso debe considerarse un “permesso unico di lavoro”, porque autoriza a su titular a desarrollar actividad laboral y a permanecer en el mercado de trabajo italiano. La consecuencia práctica es clara: el simple hecho de poseer un permiso por “attesa occupazione” ya no puede utilizarse como motivo para rechazar automáticamente estas prestaciones. Assegno Unico: qué cambia para las familias extranjeras El Assegno Unico e Universale es la prestación destinada a las familias con hijos a cargo. Para los ciudadanos de terceros países, la normativa exige determinados requisitos relativos al título de residencia, además de las demás condiciones previstas por la ley. Hasta el cambio de criterio de 2026, el INPS no incluía de forma general a los titulares del permiso por “attesa occupazione” entre los beneficiarios. Los tribunales han considerado que esta exclusión era incompatible con la naturaleza del permiso y con el principio de igualdad de trato reconocido a quienes poseen un permiso único de trabajo. Por ello, las nuevas solicitudes presentadas por titulares de este permiso deben ser examinadas y, si se cumplen los demás requisitos, aceptadas. También se puede solicitar el Bonus asilo nido La misma regla se aplica al Bonus asilo nido, la ayuda económica destinada a contribuir a los gastos de guardería y, en determinados casos, a formas de asistencia domiciliaria para menores que presentan graves patologías crónicas. También en este caso el título de residencia por “attesa occupazione” no puede ser considerado, por sí solo, una causa de exclusión. Naturalmente, esto no significa que la prestación sea automática. El solicitante debe reunir todos los requisitos específicos previstos para el Bonus, incluidos los relativos al menor, al gasto realizado y a la documentación exigida por el INPS. Qué hacer si una solicitud ya fue rechazada La novedad tiene importancia también para quienes recibieron anteriormente una resolución negativa. El mensaje INPS número 205 de 2026 indica expresamente que las oficinas deben examinar las solicitudes de revisión de aquellas decisiones que fueron rechazadas debido a la posesión de un permiso por “attesa occupazione”. Por tanto, quien haya recibido una denegación por este motivo puede solicitar un “riesame” en vía administrativa, aportando copia del permiso de residencia y haciendo referencia al nuevo criterio adoptado por el INPS. Antes de presentar una nueva solicitud conviene comprobar cuidadosamente la razón concreta de la denegación. Si el rechazo se basaba exclusivamente en el tipo de permiso, existe hoy un fundamento específico para pedir la revisión. Si, en cambio, faltaban otros requisitos, será necesario verificar si esas condiciones pueden ser acreditadas o subsanadas. Una precisión importante: las prestaciones se pagan con reserva El INPS ha precisado que, en esta fase, las prestaciones reconocidas a los titulares de permiso por “attesa occupazione” se liquidan con “riserva di ripetizione”. Esto significa que el Instituto se reserva la posibilidad de reclamar las cantidades abonadas si la futura evolución jurisprudencial o normativa modificara nuevamente el marco jurídico. La razón es que algunas cuestiones se encuentran todavía vinculadas a procedimientos judiciales no definitivamente concluidos. Sin embargo, mientras permanezca vigente la instrucción administrativa de enero de 2026, las oficinas deben aplicar el nuevo criterio. Perder el empleo no significa perder la protección de la familia La cuestión tiene un alcance más amplio que el simple acceso a una prestación económica. El permiso por “attesa occupazione” existe precisamente para evitar que la pérdida involuntaria o temporal del empleo transforme inmediatamente una situación regular en una situación de irregularidad. La jurisprudencia que ha llevado al cambio de posición del INPS refuerza este principio: durante el período en el que el trabajador busca una nueva ocupación, su condición jurídica no puede ser tratada como si hubiera quedado fuera del sistema legal de residencia y de trabajo. Para las familias extranjeras, esto significa que una fase de desempleo no debe producir automáticamente la pérdida de prestaciones destinadas a los hijos. El punto decisivo sigue siendo comprobar, caso por caso, la existencia de los demás requisitos previstos por la normativa. Avv. Fabio Loscerbo Avvocato Cassazionista Iscritto nel Registro dei rappresentanti di interessi della Camera dei deputati in materia di Immigrazione Lobbista registrato presso il Registro per la Trasparenza dell’Unione europea n. 280782895721-36 in materia di Migrazione e Asilo ORCID: 0009-0004-7030-0428 Articolo redatto con l’ausilio di strumenti di AI, sotto la direzione, revisione e responsabilità editoriale dell’autore. https://ift.tt/MGp8vrj

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